Retirarán licencia a conductores que sean detenidos borrachos en CDMX

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CIUDAD DE MÉXICO.- Se aprobó que la Ley de Movilidad en la Ciudad de México establecerá sanciones más estrictas para los conductores ebrios que cometan infracciones, pues se aplicarán penas de cárcel más largas para quien cometa homicidio culposo o lesiones por manejar en estado de ebriedad, así como la cancelación de su licencia.

Fue el Congreso de la Ciudad de México quien aprobó la reforma al artículo 67 de la Ley de Movilidad que establece que si se determina que un conductor de transporte privado o público, ya sea de carga o pasajeros, conducía en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias tóxicas perderá la licencia de forma definitiva.

Otro de los cambios implica que, en caso de la existencia de una emergencia sanitaria, como la que se vive en la actualidad por la COVID-19, los concesionarios que no cumplan las medidas de control impuestas por el gobierno serán sancionados con una multa que va de 40 a 60 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que actualmente equivale entre tres mil 584.80 y cinco mil 377.20 pesos.

También deberán ofrecer servicio a los trabajadores de la salud, en caso contrario, perderán su concesión.

En la sesión extraordinaria que se llevó a cabo ayer en Donceles, también se aprobaron reformas al Código Penal local que incrementan los periodos de penas de cárcel entre cinco años a 13 años cuando haya un homicidio o lesiones culposas con motivo de tránsito de vehículos. Antes las penas iban de cuatro a 10 años de prisión.

Además, otras reformas aprobadas a la Ley de Movilidad sería:

• Cancelación de licencia si se conduce en estado de ebriedad.
• Semovi puede proponer tarifas de estacionamientos públicos y tarifas de transporte de pasajeros.
• En emergencia sanitaria, los concesionarios incumplidos serán multados con 40 a 60 UMAs.
• Revocación de concesión de transporte si operadores niegan servicio a personal de salud.

Con información de Excélsior

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