Portada: El Fisgón
La Fiscalía General de la República (FGR) aclaró que la suspensión definitiva concedida al exgobernador de Baja California, Ernesto Ruffo Appel, contra su vinculación a proceso no significa que haya concluido el procedimiento penal en su contra.
La dependencia explicó que la medida cautelar únicamente detiene temporalmente el avance del proceso una vez que concluya la etapa intermedia y hasta que se resuelva el juicio de amparo promovido por el exmandatario. En consecuencia, no podrá comenzar la etapa de juicio oral mientras permanezca vigente esa determinación.

Ruffo Appel está vinculado a proceso por su probable participación en los delitos de delincuencia organizada, contrabando de hidrocarburos, defraudación fiscal y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
¿Qué resolvió la jueza federal?
La suspensión definitiva fue concedida el 29 de octubre por Azucena Lazalde Íñiguez, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, con residencia en Toluca.
La resolución corresponde al juicio de amparo 1085/2026, promovido por Ruffo Appel para impugnar el auto de vinculación a proceso dictado en julio por Alejandra Ramírez de la Vega, jueza de distrito especializada en el sistema penal acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con sede en Almoloya de Juárez.

En la determinación judicial se concedió la suspensión definitiva solicitada contra los actos reclamados por el exgobernador. Sin embargo, esta medida no equivale a una sentencia sobre el fondo del amparo ni determina su inocencia o responsabilidad penal.
La aclaración de la FGR se produjo después de que se difundiera la resolución judicial que concedió la suspensión. La Fiscalía insistió en que el procedimiento no ha concluido y que continuará con las investigaciones relacionadas con los delitos que se le imputan a Ruffo Appel.
Por tanto, el exgobernador mantiene su condición de vinculado a proceso, mientras se resuelve el recurso de amparo. La suspensión impide temporalmente que el caso llegue a juicio oral, pero no cancela las indagatorias ni constituye una absolución.
La responsabilidad penal de Ruffo Appel deberá determinarse conforme avance el procedimiento y se resuelvan los recursos legales correspondientes.
Nota original publicada en el portal de elchamuco.com.mx el 2 de noviembre de 2026: https://elchamuco.com.mx/2026/11/02/fgr-aclara-que-suspension-a-ernesto-ruffo-no-pone-fin-al-proceso-penal/.
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