Ayer concluyó la prórroga en el plazo para registrar las líneas telefónicas móviles terminadas en cero y aunque no se conocía la cifra precisa de los usuarios que omitieron este trámite, es razonable suponer que se trata de una proporción alta, si se considera que del total de los números celulares activos en el país –más de 71 millones– menos de la mitad de ellos han sido sometidos a registro.
Como se recordará, originalmente la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) había establecido el 30 de junio como fecha límite para el registro. Ante el gran rezago observado, el plazo se amplió para registrar los números celulares de manera escalonada con fechas límite entre agosto y diciembre. Los usuarios que no cumplan con el requisito se verán privados de los servicios de llamadas, mensajes y datos en un lapso de 72 horas después del vencimiento del plazo.
Tres han sido las principales razones por las cuales un importante número de propietarios de números celulares no ha realizado el procedimiento requerido: en primer lugar, el desconocimiento de esta nueva regulación; en segundo, el temor de que su información pueda verse en riesgo de ser utilizada indebidamente; y en tercero, las dificultades de manejo de las plataformas instaladas para este efecto por las empresas de telefonía móvil.
Sobre lo primero, resulta pertinente reforzar las medidas de difusión masiva sobre la obligatoriedad del registro, sus plazos y modalidades, recurriendo incluso a los propios dispositivos móviles como medios de comunicación con los usuarios mediante mensajes de texto, por servicios de mensajería o llamadas automatizadas.
En cuanto a la inquietud que por consideraciones de seguridad genera en el público la vinculación de sus documentos de identificación con su número telefónico, es necesario que tanto la autoridad como las compañías telefónicas expliquen que la medida, lejos de poner en riesgo a los usuarios, incrementa su seguridad, en la medida en que su aplicación abatirá considerablemente delitos como la extorsión, el secuestro simulado y los fraudes mediante llamadas telefónicas o mensajes de texto, pues se podrá tener un control de las líneas desde las cuales actualmente se cometen tales delitos. Debe enfatizarse, asimismo, que la nueva normativa no representa en modo alguno una modalidad de control de las personas desde instancias gubernamentales, y explicar que las bases de datos del registro no son operadas por el gobierno, sino por las telefónicas.
Es importante considerar, a este respecto, que actualmente México es uno de los pocos países en los cuales todavía es posible adquirir un chip de celular sin control ni verificación alguna, y que ese rezago nacional crea el terreno propicio para el mal uso de los dispositivos.
Por otra parte, resulta fundamental que las operadoras del servicio de telefonía móvil lleven a cabo un esfuerzo adicional para facilitar el proceso de registro, evitar la saturación de sus sistemas y ofrecer a sus clientes un servicio de asistencia para guiarlos en los procedimientos regulares tanto de registro como de reactivación, una vez vencidos los plazos para los primeros.
Finalmente, sería ciertamente indeseable que el rezago existente condujera a una nueva postergación de la fecha límite para el registro de números celulares, pero sería desastroso dejar fuera de las redes celulares a un número importante de usuarios, con el malestar, los inconvenientes y los riesgos que ello conllevaría.
Nota original publicada en el portal de La Jornada el 16 de agosto de 2026: https://www.jornada.com.mx/2026/08/16/opinion/002a1edi?partner=rss.
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