La Cámara de Diputados emitió la declaratoria de constitucionalidad de la reforma en materia de supremacía constitucional, la cual impide que las reformas a la Carta Magna sean impugnadas, luego de que 23 Congresos estatales avalaron la minuta en menos de 24 horas.
Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México son los estado que aprobaron la reforma a los artículos a 105 y 105 de la Constitución para establecer que las reformas constitucionales no pueden impugnarse a través del juicio de amparo.
Toca ahora al Senado de la República hacer el cómputo de los Congresos que sumen su aval a la reforma, antes de que se envíe a Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y su posterior entrada en vigor.
Durante la sesión, Ricardo Monreal, presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, aseveró que la reforma no termina con el juicio de amparo y sólo reafirma lo que ya dice la Constitución: que las reformas a la Carta Magna no son impugnables.
“El poder reformador de la Constitución no tiene límites en su actuación. No puede ningún juez, ni jueza, ni ministro ni magistrado anular una norma jurídica del órgano reformador de la constitución, no le es válido, no tiene competencia, no tiene facultades ni funciones para hacerlo (…) Deben estar tranquilos y satisfechos porque lo que hicimos fue reafirmar lo que la Constitución ya dice: la inimpugnabilidad, la improcedencia de recursos y acciones contra las reformas y adiciones a la Constitución”, dijo.
El líder morenista reconoció que las suspensiones en contra de la reforma judicial dictadas por jueces fueron el motivo para emprender la reforma en materia de supremacía constitucional, las cuales acusó fueron ilegales.
“Esos jueces y juezas de distrito han aceptado amparos y han otorgado suspensiones de manera ilegal, de manera inconstitucional, por eso el legislador está a tiempo de decir frente al abuso del juez o del magistrado o ministro la Constitución: lo hemos hecho de manera institucional, lo hemos hecho de manera pacífica, lo hemos hecho conforme al procedimiento que la Carta Magna nos dicta”, subrayó.
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¿Cómo influye la reforma de la Ley Anti Amparo en las decisiones de la SCJN sobre la reforma judicial?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá el 5 de noviembre las acciones de inconstitucionalidad contra la reforma judicial y el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá propone invalidar la elección de ministros, magistrados y jueces por voto popular, sin embargo, la reforma en materia de supremacía impide que reformas a la Carta Magna sean impugnadas y revertidas.

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