febrero 12, 2025

Xóchitl Gálvez, Santiago Creel y opositores no están obligados a dejar sus cargos, define TEPJF

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio luz verde para que los aspirantes del Frente Amplio por México, Xóchitl Gálvez, Santiago Creel, Beatriz Paredes y Miguel Ángel Mancera, continúen en sus cargos en el Congreso de la Unión y al mismo tiempo busquen la candidatura presidencial de la oposición.

Con 5 votos en contra y 2 a favor, los magistrados del Tribunal Electoral rechazaron el proyecto de la magistrada Janine Otálora, quien propuso separarse de sus cargos en un plazo de 48 horas, a partir de la notificación, a fin de no vulnerar los principios de neutralidad en la contienda y prevenir el uso indebido de recursos públicos. 

No obstante, los magistrados no acompañaron el proyecto pues señalaron que ello vulneraba su libertad de expresión y el pleno ejercicio de sus derechos políticos. 

¿Quién votó en contra del proyecto? 

  • Felipe de la Mata Pizaña
  • Indalfer Infante González 
  • Mónica Aralí Soto Fregoso 
  • José Luis Vargas Valdez 
  • Reyes Rodríguez Mondragón 

A favor del proyecto

  • Janine Otálora Malassis
  • Felipe Fuentes Barrera

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La magistrada Otálora Malassis señaló que en el caso de los procesos políticos en curso, «resulta evidente la incompatibilidad entre lo mandato en la Constitución general y desarrollado en la línea jurisprudencial en esta Sala Superior por la participación de las personas inscritas en los procesos políticos que están siendo regulados por estos lineamientos y el desempeño de cualquier cargo público». 

Y es que afirmaba que el continuar en el cargo y al mismo tiempo participar en el proceso interno, «pudiera significar una vulneración al principio de equidad». 

Señaló que «las personas inscritas en cualquiera de los procesos políticos que ocupen cualquier cargo público en alguno de los tres poderes deberán separarse de este, esta notificación que propongo debe ser notificada a través de los partidos políticos a las personas inscritas en sus procesos y estos deberán separarse por medio de licencias, en un lapso de 48 horas a patrir de la notificación», sin embargo la Sala Superior rechazó el proyecto.

La magistrada Mónica Soto consideró que la separación del cargo es una medida excesiva, mientras que en el mismo sentido se posicionó el magistrado José Luis Vargas, quien añadió que esta medida podía anular el ejercicio constitucional de ejercer un cargo. 

Tomado de https://politico.mx/