Tribunal especializado desecha las quejas de AMLO y Sener por la suspensión de Reforma Eléctrica

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“Éste subsiste sólo hasta en tanto se dicta la resolución definitiva en relación con la medida cautelar, lo que ya ocurrió”, detalló la sentencia. Gómez Fierro aclaró que se deben aplicar varios artículos de la Ley de Industria Eléctrica tal como estaban antes de ser reformados por los diputados y senadores.

Ciudad de México, 23 de marzo (SinEmbargo).- El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones declaró sin materia las quejas que el Presidente Andrés Manuel López Obrador y la Secretaría de Energía (Sener) interpusieron en contra de las suspensiones provisionales que detuvieron la entrada en vigor de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica.

El Juez Juan Pablo Gómez Fierro, Segundo en Materia Administrativa especializado en la misma materia, detuvo los efectos de las modificaciones un día después de la publicación de estas en el Diario Oficial de la Federación.

Las personas miembros del Primer Tribunal Colegiado especializado celebraron la audiencia incidental el 18 de marzo, como estableció el juzgador, y dictaron la suspensión definitiva por lo que quedó sin efecto el auto combatido.

“Éste subsiste sólo hasta en tanto se dicta la resolución definitiva en relación con la medida cautelar, lo que ya ocurrió, razón por la que debe declararse sin materia el presente recurso de queja”, detalló la sentencia.

El 19 de marzo el Juez Gómez Fierro concedió las primeras suspensiones definitivas que ponen en pausa los efectos de la reforma a la (LIE), que el Presidente envió como iniciativa preferente y que fue avalada en días pasados por el Congreso de la Unión.

El pasado jueves se anunció la primer suspensión a la nueva Ley de la Industria Eléctrica aprobada por el Congreso. Foto: Cuartoscuro.

El Juez precisó que la medida cautelar debe tener efectos generales, ya que si sólo beneficia a algunos particulares, les estaría otorgando una ventaja competitiva frente otros y afectaría la competencia y el desarrollo del sector eléctrico. Asimismo, para “no generar un vacío normativo” durante la vigencia de la suspensión, Gómez Fierro aclaró que se deben aplicar varios artículos de la Ley de Industria Eléctrica tal como estaban antes de ser reformados por los diputados y senadores.

Gómez Fierro fue el primero que otorgó un recurso contra la Reforma Eléctrica impulsada por López Obrador, a tan sólo 24 horas de haber sido aprobada. Desde el 11 de marzo otorgó más contra los cambios legales, aunque no ha sido el único.

El 9 de marzo pasado, la Secretaría de Energía (Sener) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica. La reforma cambió el criterio de despacho eléctrico para priorizar siempre la generación de las plantas viejas y de combustibles fósiles de la CFE sobre las centrales privadas de renovables, además de revisar de forma retroactiva los contratos con el Gobierno.

Además, establece la obligación de que los permisos a que se refiere la LIE se encuentran sujetos a los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional emitidos por la Secretaría de Energía. También precisa que el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias (CEL) no dependerá de la propiedad o la fecha de inicio de las operaciones comerciales en las centrales eléctricas y además elimina la obligatoriedad de comprar por subastas para el Suministrador de Servicios Básicos.

López Obrador aseguró que defenderá en tribunales los cambios legales que impulsó. “Vamos a llegar hasta las últimas consecuencias, siempre en el marco de la ley”, expuso el Presidente y reiteró que en caso de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a donde estimó llegarán las impugnaciones, no falle a favor de su Gobierno, pedirá una reforma a la Constitución.

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