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Portada: El Fisgón
(10 DE DICIEMBRE, 2025).-La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó la solicitud de TV Azteca de revisión de un amparo que buscaba obtener la exclusividad de la palabra “azteca” para contenidos de difusión periodística a través de medios digitales.
El ministro presidente, Hugo Aguilar, desechó el recurso de revisión promovido por la televisora de Ricardo Salinas Pliego, al concluir que la petición no planteaba un asunto de naturaleza constitucional, un requisito indispensable para que el Máximo Tribunal intervenga.
Con esta decisión, quedó firme la sentencia de un Tribunal Colegiado que previamente había negado el amparo a la empresa.
El caso se originó cuando TV Azteca solicitó al Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) el registro de reserva de derechos para el uso exclusivo de la palabra “azteca” con fines periodísticos. En su momento, el Indautor negó la petición al considerar que se trataba de un vocablo genérico.
Ante esto, la empresa promovió un juicio de nulidad; sin embargo, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) confirmó la negativa del Indautor.
Posteriormente, la televisora recurrió al amparo directo y alegó que la sentencia vulneraba sus derechos al no analizar adecuadamente los requisitos del artículo 188 de la Ley Federal del Derecho de Autor. Fue entonces cuando el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó que el término “azteca” se trata de un gentilicio, una palabra que describe origen o procedencia y, por lo tanto, no puede ser registrado como reserva exclusiva.
Disconforme, TV Azteca presentó un recurso de revisión ante la SCJN el 27 de noviembre. Sin embargo, fue desechado al día siguiente al concluirse que la empresa únicamente planteaba cuestiones de legalidad y no una controversia constitucional o convencional.
Con ello, quedó cerrada la posibilidad de que Salinas Pliego y TV Azteca monopolizaran un vocablo de uso común, parte de la cultura de México.
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Tomado de https://elchamuco.com.mx/



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