Este día se publicó en la edición vespertina del DOF la Ley de Amnistía que le concede a López Obrador liberar a quien quiera.
RegeneraciónMx, 14 de junio de 2024. Este día se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las modificaciones a la Ley de Amnistía.
Por lo que, ahora el presidente, Andrés Manuel López Obrador, podrá otorgar de manera directa, sin necesidad de procedimiento establecido.
Según se señala en el documento, se adicionó un artículo 9 a la Ley de amnistía.
Además, se reforma los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política.
Por lo que, se adiciona un último párrafo del artículo 148 y se deroga el último párrafo del artículo 129.
Artículo 148. … Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales.
La Ley de Amnistía adiciona artículos
Asimismo, la Ley de Amnistía adiciona un artículo 9 en Materia de Otorgamiento de Amnistía de Manera Directa.
Artículo 9. Por determinación exclusiva de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal se podrá otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en este ordenamiento.
Asimismo, se indicó que en los casos en los que ocurrirá que el titular del Ejecutivo Federal otorgue la amnistía de manera directa son:
Personas que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado Mexicano.
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Tomado de https://regeneracion.mx/feed
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