Enfrentar una deuda puede ser una experiencia difícil, sobre todo cuando comienzan las llamadas y visitas de los despachos de cobranza. Una de las amenazas más comunes que suelen recibir los deudores es el embargo de sus bienes. Pero ¿realmente un despacho de cobranza tiene la autoridad para embargar?
Cuando nos encontramos en una situación en la cual hemos quedado a deber dinero, o se nos está dificultando hacer pagos, lo usual es empezar a recibir llamadas y notificaciones de despachos de cobranza que son comisionistas de los acreedores y que buscan recuperar el valor adeudado.
Los despachos de cobranza tienen mala fama debido a que realizan sus actividades con prácticas no apropiadas. Por eso, es importante que conozcas tus derechos y las obligaciones que ellos tienen.
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Una vez liquidado el adeudo, deben entregarte la carta finiquito o de no adeudo expedida por la entidad comercial, así como realizar las gestiones de baja del buró de crédito.
¿Qué pasa si dejas de pagar una deuda?
Contexto: por la razón que sea, si dejas de pagar una deuda, tu historial crediticio sufrirá afectaciones, te estarán buscando para que pagues y en tercera podrías perder parte de tu patrimonio, en caso de algún embargo.
Según datos del Banco de México, la cartera vencida en créditos a los hogares reportada por las instituciones bancarias, al cierre de enero pasado llegó a 88,606 millones de pesos, esto es 10.8% mayor a lo manifestado un año previo.
Lo que significa que hay más personas que no están atendiendo sus compromisos de pago, con la tarjeta de crédito, con sus créditos de nómina, personales o hasta de vivienda.
De acuerdo con la Condusef, en el primer bimestre del año, las acciones de defensa iniciadas contra despachos de cobranza por petición de usuarios de servicios financieros sumaron 8,764, lo que representa un incremento de 61.3% con respecto al mismo periodo del año pasado.
Las quejas reportadas tienen que ver con amenazas, ofensas o intimidaciones, no sólo a la persona que debe el dinero, sino también a compañeros de trabajo, amigos o familiares.
Profeco advierte sobre acciones que no pueden realizar los despachos de cobranza
De acuerdo con la Profeco, los despachos de cobranza de Liverpool, Coppel, Sears o cualquier otra tienda o banco no podrán:
- Dirigirse a personas distintas a ti, la persona obligada solidaria, la persona aval, y mucho menos a personas con discapacidad, menores de edad o adultos mayores, salvo que estos últimos sean los responsables de la deuda.
- Establecer contacto en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado a la entidad comercial.
- Enviar comunicaciones a terceros en las que se dé a conocer el incumplimiento del pago.
- Realizar visitas o llamadas telefónicas a tu domicilio entre las 22:01 y las 06:59 horas, de acuerdo con los husos horarios de tu región.
- Usar lenguaje ofensivo, obsceno o palabras altisonantes, así como acosar o amenazar al comunicar se contigo, tus avales, deudores solidarios, así como familiares, amigos o compañeros de trabajo.
- Colocar al exterior de tu domicilio o de tu empleo algún cartel que haga referencia al adeudo existente.
- Ostentarse como representantes de un juzgado u otra autoridad, o emplear documentos que aparenten ser escritos judiciales.
- Enviarte correspondencia con leyendas exteriores que hagan visible que se trata de un cobro.
- Emplear medios masivos de comunicación o difusión con el propósito de hacer pública tu deuda.
- Recibir de manera directa el pago del adeudo.
- Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como “no disponible”, “confidencial”, “oculto”, “privado” o cualquier otra leyenda que imposibilite su identificación
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