LA INFLUECIA DE LA MUJER EN LA EVOLUCIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA EN MÉXICO.

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“Cuando un individuo se mantiene en situación de inferioridad, el hecho es que se vuele inferior”. Simone de Beauvoir.

Por Arminda Labastida Núñez.

Los símbolos del derecho y la justicia son entre otros, una mujer, que porta en una mano la balanza, en la otra la espada y sus ojos vendados. ¿No resulta paradójico que uno de los símbolos de la justicia sea desde la antigüedad una mujer, Temis una dios griega, Iustitia diosa romana, Maat diosa egipcia; y en el devenir del tiempo a la mujer consistentemente se le haya negado el acceso a ella? Mucho menos ser la titular de dicho órgano jurisdiccional a nivel nacional. ¿Podríamos afirmar que ha existido una intervención de la mujer en el desarrollo del sistema de Justicia en México? ¿O deberíamos hablar de las mujeres mexicanas y su acceso a la justicia? Para responder estas preguntas, resulta indispensable situarnos en el contexto que rodea a nuestro país, tenemos un sistema hegemónicamente patriarcal, lo cual se manifiesta en la escasa participación femenina en las transformaciones de los ámbitos político, social económico  y, judicial; en contrapartida encontramos actualmente la presencia del feminismo en general, al unísono de la búsqueda de la igualdad de género. Han de reconocerse situaciones especiales de subordinación, como las mujeres indígenas o de doble discriminación como las mujeres con discapacidad, para la reivindicación de sus derechos y el combate a la opresión étnica, la exclusión y discriminación.

Una breve mirada histórica

Voces de descontento por el androcentrismo empezaron a surgir, la mexicana Sor Juana Inés de la Cruz ocupó un lugar destacado en la literatura novohispana abogó por la igualdad de los sexos y por el derecho de la mujer a adquirir conocimientos durante el siglo de oro; en Europa Marie de Gournay con su obra Tratado de la Igualdad entre los Hombres y las Mujeres (1622); así mismo la francesa Olympe de Gouges influida por la ilustración y autora de la obra Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, defensora de la abolición de la esclavitud en 1791 murió guillotinada. Dentro del círculo de  los hombres que abogaron por los derechos femeninos podemos mencionar entre otros a John Stuart Mill en su ensayo The Subjection  of Women en 1869 señaló que no se lograría el desarrollo del mejoramiento humano, si no se consideraban los derechos de la mujer y la igualdad a la que era merecedora; Carlos Marx y Federico Engels también consideraron los derechos de la mujer.

Se ha señalado comúnmente a la Revolución francesa como el inicio del feminismo, y de la lucha por la emancipación de la mujer, avanzar hacia la toma de decisiones de relevancia pública y de autonomía, ha resultado una proeza. Pero en este camino como lo hemos visto no estuvimos solas, internacionalmente la mujer a través de un largo y complejo proceso, percibimos como primer consigna alcanzar los derechos políticos a los cuales aspirábamos, en algunos países había restricciones aun contando con el derecho al voto que se alcanzó en Nueva Zelanda en 1893, Australia en 1902, Gran Bretaña en 1918, Azeirbaijan en 1919, Estados Unidos en 1920, España 1931, Turquía 1930, Rumania 1948, Senegal 1945, Yugoslavia 1945, Francia 1946,  Italia 1946, India 1947, Argentina 1947, Pakistán 1947, Siria 1949, Grecia 1952, ,México 1953, Argelia, Irán y Marruecos en 1963, Suiza 1971, Liechtensein 1984, Arabia Saudita  2015, por mencionar algunos.

Si bien es cierto que en 1953 obtuvimos el derecho al voto; también lo es que, transcurrieron veinticuatro años, para que se reconociera el triunfo en las elecciones de una mujer, en México, en 1979 tuvimos, la primera gobernadora estatal (Colima), Griselda Álvarez. En el ámbito internacional aparecieron otros aspectos fundamentales que también deberían ser tomados en cuenta, surge la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer la cual se reunió por primera vez en Lake Success, Nueva York, en febrero de 1947, más tarde en 1979, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, sin embargo no fue hasta 1993 con la conferencia mundial de Derechos Humanos de Viena que los derechos humanos de las mujeres alcanzaron mayor trascendencia tanto en la OEA como en la ONU.

Sexismo techo de cristal.

Hoy en día desafortunadamente para que una mujer pueda ser considerada apta para un puesto político o un puesto judicial, debe sortear una serie heterogénea de obstáculos: Un inconveniente usual, que ha prevalecido hasta nuestros días, es el de cumplir con todo el peso del cuidado del hogar, como se revela en estadísticas de acuerdo a la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), este trabajo doméstico recae en las mujeres, adicionalmente a su labor profesional, las que logran tener una actividad laboral fuera de casa, esto no es exclusivo de México, sino en muchas partes del mundo.

Otra dificultad que se presenta es su imagen, la cual es excesivamente sometida al juicio público, la cual no debe ser femenina, ni llamar la atención, debe tener una presentación  desmesuradamente prudente, basta ver los comentarios en los medios de comunicación cuando hay alguna aspirante a ciertos puestos de trascendencia nacional, esto nos evoca al siglo XVI en Inglaterra, la ley prohibía la presencia femenina en los escenarios, en consecuencia, la mujer tenía que vestirse como hombre para poder actuar en los teatros; lo anterior pareciese que nos invita a renunciar a un aspecto de ser mujer o a pagar un precio por acceder a un trabajo adecuado a nuestras capacidades profesionales, lo cual también tiene reminiscencias con la Venecia del silgo XVII, la mujer que quería acceder al conocimiento y la cultura tenía que ser cortigiane oneste, ya que el conocimiento estaba vedado para las hijas y esposas de las grandes familias de la aristocracia y la burguesía. De tal suerte que el escrutinio no se enfoca únicamente en las aptitudes intelectuales sino también en cuestiones de tipo sexista.

Inclusión en la Suprema Corte.

Si tomamos en cuenta que tan solo han habido un poco más de una docena de ministra a lo largo de la historia de la Suprema  Corte de Justicia de México, se advierte la complejidad para llegar a niveles importantes de liderazgo; un clima de sentimientos encontrados por los nuevos posicionamientos y por los que aún faltan por ocupar, invaden el país, pese a ello en la Legislatura de la Paridad de Género dos mujeres han sido presidentas de la Mesa Directiva de la Cámara Baja de forma consecutiva, hay una coordinadora parlamentaria y presidentas de las Comisiones, no obstante a ello, aún existe una carencia de igualdad cuantitativa definitivamente.

No podemos negar que ha habido modificaciones paulatinas en el escenario judicial mencionaremos algunas abogadas trascendentes para el país en materia de justicia; la primera Ministra mujer María Cristina Salmorán de Tamayo durante el periodo de 1961 a 1986, originaria de Oaxaca de Juárez, tuvo que hacer frente a los comentarios, sexistas que no se hicieron esperar; se comentaba que el órgano judicial se había convertido en la “Suprema Corte y Confección” en tono de burla. La jurista mexicana especializada en derecho del trabajo, también fue la primera presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Marcando un antes y un después, ya no había vuelta hacia atrás.

En la colaboración y en la redacción de anteproyectos y proyectos de Procedimientos Penales de diversos estados así como proyectos de Ley para Menores Infractores la Doctora Victoria Adato Green, Ministra Numeraria en el periodo de 1985-1994. Margarita Luna Ramos de 2004 a 2019 autora del libro los derechos políticos de la mujer y la ministra Olga María del Carmen Sánchez Cordero 1995-2015, quién fue la primera mujer notaria pública en la Ciudad de México, Senadora del Congreso de la Unión; actualmente en el gabinete del presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, se desempeña como Secretaria de Gobernación.

Víctimas como agentes de cambio.

Olimpia Coral Mello tenía 18 años de edad,  su exnovio divulgó un video de ellos dos teniendo intimidad, en Huachinango Puebla, ella sintió con ello, que terminaba su reputación y sus sueños como promesa estudiantil, por lo que intentó suicidarse en tres ocasiones, afortunadamente, en el proceso se dio cuenta que fue víctima de violencia, lo que la llevo a crear una iniciativa de ley contra quienes ejerzan violencia digital hacia las mujeres,  está protege la intimidad personal.  la intimidad sexual y el ejercicio libre y protegido de los derechos sexuales. El Senado de la República aprobó las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal Federal.

Dicha ley conocida como “Ley Olimpia” por él nombre de la víctima, no se refiere a una ley en específico sino a las reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y tipificar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales. 2019-2020.

Hablando de los tratados internacionales, estos resultan tener una gran influencia en la creación de normas entre los pueblos; de tal suerte que también las víctimas mediante el reclamo de sus derechos violentados, por un efecto resultante crea y modifica las leyes. Han transcurrido sesenta y siete años desde que se aprobó el derecho al voto femenino en México, no obstante en 2007 las mujeres indígenas no podían ser electas a cargos públicos por los usos y costumbres de sus comunidades, debido a esto Eufrosina Cruz Mendoza política indígena zapoteca logró modificar nuestra Constitución, al acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tras habérsele negado su triunfo en una contienda electoral municipal, dicha modificación fue adoptada y replicada por la ONU.

Casos específicos planteados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos; con sentencias condenatorias a México muestran implicaciones en el orden jurídico nacional; el caso de Inés Fernández Ortega y otros vs. México sentencia emitida en 2010 en la cual la Corte IDH creó un precedente judicial, desde las intersecciones de clase, género y etnicidad, alude a la responsabilidad internacional del Estado por la violación sexual cometida en perjuicio de Inés por parte de agentes militares, así como por la falta de investigación y sanción de los responsables.

Uno de los efectos derivados de las sentencias condenatorias a nuestro país, es en este caso el control difuso de convencionalidad; si bien tiene su inicio y consolidación en varios casos previos ante la Corte Interamericana, a México le resulta está obligación de forma directa a partir de la sentencia de Inés entre otras.

El caso González y otras “Campo Algodonero” vs. México (Chihuahua). La falta de cumplimiento del deber de generar un ambiente seguro para la población, aunado a un pensamiento social de denigratorio hacia las mujeres, quienes han soportado la falta de cuidado necesario por parte de las autoridades, derivaron en los homicidios; por lo que la Corte se pronunció en el sentido de no discriminación, prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer, con base en la Convención Belém do Pará.

Lo expuesto, aunque de una forma sumaria, puede darnos una respuesta a las interrogantes planteadas al inicio del presente artículo; a lo largo de la historia de la humanidad por un periodo nada corto, hemos sido discriminadas y excluidas, aún en la actualidad, de ahí la búsqueda de la paridad en todos los órganos de toma de decisiones, es indispensable hacer un cambio en la mentalidad de la sociedad mexicana y de la humanidad en general, hacia un mundo inclusivo, responsable, anulando la opresión de género, la mujer mexicana a través de su empoderamiento, y de diversas estrategias, ha logrado influir en el sistema de Procuración de Justicia, ya sea como profesional enfocada en su tarea juzgadora, legislativa, política o como víctima exigiendo el cumplimiento de sus garantías individuales, tanto en las Cortes Nacionales como en las Internacionales, con la firme convicción de alcanzar para si misma, para las y los demás la justicia que nos fue negada, a pasos lentos como lo dice a gritos la historia, pero firmes, llegando algún día a ocupar los cargos de verdadera trascendencia, como el de Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o Presidenta de México, garantizando los principios de igualdad, equidad, fortaleza e imparcialidad entre los seres humanos.

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