Tras la queja de cinco empresas, el juez Juan Pablo Gómez Fierro concedió una suspensión provisional a algunos apartados de la reforma en materia de hidrocarburos. Se trata del mismo que frenó la reforma eléctrica promulgada por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).
“La suspensión provisional que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, así como de los artículos transitorios cuarto y sexto del Decreto reclamado”, señaló el juez en su exposición de motivos.
La suspensión impide que se cancelen contratos, aun cuando se compruebe que sus titulares no cumplen con los requisitos correspondientes o que infrinjan las disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.
Gómez Fierro explicó que aunque sólo fueron cinco empresas las que se inconformaron, la suspensión debe tener efectos generales porque de lo contrario “estaría otorgándoles una ventaja competitiva frente a los demás particulares que se encuentran en su misma posición, lo que ocasionaría distorsiones en la industria de hidrocarburos, afectando la competencia y el desarrollo de dicho sector, que es precisamente uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar”.
Debido a que los efectos de la suspensión son generales, el juez requirió a la titular de la Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle, para que en el plazo de tres días dé a conocer la medida en el DOF y precisó que para no generar un vacío normativo durante la vigencia de la misma, se deberá continuar aplicando el artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, en su texto original, además de abstenerse de aplicar los artículos transitorios cuarto y sexto del Decreto de reforma.
El caso forma parte del expediente 940/2021 y la queja fue impuesta por las empresas Grupo Base Energéticos, Pharaoh International Products, Antluc y Distribuidora de Combustibles Mil, que llevaba a cabo un proyecto de ampliación, mantenimiento y operación de una planta de almacenamiento y distribución de diésel en Gómez Palacio, Durango, así como Dalia Pilar Lamarque Picos en calidad de persona física.
Gómez Fierro también ha concedido diversas suspensiones al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) para que los quejosos no estén obligados a entregar sus datos biométricos y no sean canceladas sus líneas de telefonía celular por esta falta.
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Tomado de https://polemon.mx/
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