Por hacer mal uso de la bandera de México durante las fiestas patrias, el Sonido Famoso de Jaime Guzmán podría hacerse acreedor a una sanción, según analiza el Gobierno de Puebla.
Esto se debe a que la agrupación de música sonidera se presentó el pasado lunes 15 de septiembre en el municipio de Acatlán de Osorio, Puebla, donde realizaron una parodia utilizando la bandera nacional. El acto ocurrió en plenos festejos patrios, mientras la agrupación amenizaba el evento posterior al tradicional Grito de Independencia encabezado por la alcaldesa Guadalupe Bárcenas.
Exhorto estatal y análisis federal
Samuel Aguilar Pala, secretario de Gobernación del Estado, informó que ya se hizo el primer exhorto a los alcaldes de los municipios por uso indebido de los símbolos patrios. En este caso, el llamado se realizó tras la difusión de un video en el que se observa al líder del sonido acompañado de cinco personas portando uniformes tácticos, realizando una marcha en parodia de escolta con la bandera de México.
“Como saben ustedes, está sancionado [el uso indebido de los símbolos patrios] y vamos a tener cuidado, mayor capacitación e información hacia los alcaldes”, indicó Aguilar Pala. Asimismo, explicó que el exhorto será canalizado a través de la Secretaría de Gobernación federal, ya que la competencia para aplicar sanciones no recae en el gobierno estatal.
Sobre si se aplicará una sanción o quedará en exhorto, el funcionario precisó que, por ahora, solo se emitirá el comentario correspondiente, y que una posible multa o penalización dependerá de la autoridad federal.
¿Qué sanciona la ley?
El uso indebido de los símbolos patrios está regulado por el Código Penal Federal y la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Las sanciones incluyen:
- Artículo 191 del Código Penal Federal:
Al que ultraje el escudo de la República o el pabellón nacional, ya sea de palabra o de obra, se le aplicará de seis meses a cuatro años de prisión, o multa de cincuenta a tres mil pesos, o ambas sanciones, a juicio del juez. - Artículo 192:
Al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, se le aplicará de tres días a un año de prisión y multa de hasta veinticinco mil pesos. - Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales:
También contempla sanciones administrativas como amonestación con apercibimiento, multas de hasta 10,000 veces el valor de la UMA, y arresto hasta por 36 horas, dependiendo de la gravedad y persistencia de la infracción.
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