En un hecho poco común, el estado de Durango ha marcado un precedente legal al aplicar la Ley Olimpia, normalmente invocada por mujeres víctimas de violencia digital, en favor de un hombre cuya intimidad fue vulnerada por su compañera de vivienda, mejor conocida como “roomie”.
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De acuerdo con el caso en curso, la mujer implicada habría difundido imágenes íntimas del afectado sin su autorización a través de redes sociales, un acto que, según la legislación vigente, constituye un delito y podría derivar en una condena de entre tres y seis años de prisión.
No eran pareja y hubo extorsión
Lo que hace aún más llamativo este caso es que los involucrados no tenían una relación sentimental, sino que simplemente compartían un departamento.
Según se ha informado, la mujer habría utilizado el material íntimo como medio de extorsión, presuntamente para presionar al afectado con el pago de dinero adicional o eximirse del pago de la renta.
Aunque las imágenes permanecieron en línea por un corto periodo, solo un par de días, la duración no influye en la gravedad del delito, y las autoridades aclararon que la sola publicación sin consentimiento configura la falta, independientemente de si el contenido estuvo visible un minuto o varios días.
Un caso inusual que fortalece la Ley Olimpia
Este es el segundo caso registrado a nivel nacional en el que se aplica la Ley Olimpia a favor de un hombre, lo que confirma que la protección legal contra la violencia digital no distingue género.
Aunque la mayoría de denuncias históricamente provienen de mujeres, este precedente reafirma que toda persona tiene derecho a la defensa de su privacidad e intimidad en el entorno digital.
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Un abogado del caso señaló:
“La Ley Olimpia no fue creada solo para mujeres, aunque ellas son las principales víctimas. Esta legislación protege a cualquier persona cuya intimidad sea vulnerada en medios digitales.”
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*brc
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